El nuevo proyecto de ley enviado por el Gobierno al Congreso introduce un cambio clave en el Impuesto a las Ganancias: ARCA solo podrá fiscalizar la última declaración jurada presentada por los contribuyentes. Esto significa que, a pesar de que el plazo de prescripción por evasión se reduciría de cinco a tres años, el organismo no podrá revisar declaraciones anteriores a la última presentada.

Según difundió Infobae, desde el Gobierno explicaron que esta medida busca instaurar una “presunción de exactitud” sobre los datos que informan los contribuyentes. “Presumimos la buena fe de las personas”, señalaron fuentes oficiales. Mientras no se demuestre lo contrario, se considerará válida la información declarada, lo que limita el accionar retroactivo del fisco y otorga mayor previsibilidad a los ciudadanos que cumplen con sus obligaciones tributarias.

Este beneficio se integra al nuevo régimen simplificado del impuesto a las Ganancias, una de las piezas centrales de la reforma impositiva presentada por el titular de ARCA, Juan Pazo, y el diputado José Luis Espert. La propuesta apunta a facilitar el cumplimiento fiscal y reducir la carga administrativa para ciertos contribuyentes, al tiempo que busca cerrar brechas de evasión con controles más acotados pero focalizados.

El Congreso recibió este jueves el proyecto de ley que incluye el “tapón fiscal” en Ganancias. Foto archivo Diario La Provincia SJ.

Podrán adherirse al régimen simplificado personas humanas y sucesiones indivisas que hayan registrado ingresos de hasta $1.000 millones y posean un patrimonio inferior a $10.000 millones. Estos límites deben haberse cumplido durante el año anterior al ejercicio de la opción y en los dos años previos, con el objetivo de evitar maniobras de planificación fiscal abusiva o desapoderamiento artificial de bienes para acceder al “tapón fiscal”.

El proyecto también introduce el concepto de “discrepancia significativa”, que será aplicado cuando haya una diferencia del 15% o más entre lo declarado por el contribuyente y la información en poder de ARCA. En esos casos, el beneficio del efecto liberatorio quedará sin efecto si se detecta omisión de ingresos, deducciones improcedentes o uso de facturas apócrifas, manteniendo así un criterio de control ante posibles irregularidades.

Con información de Infobae