El Gobierno nacional decidió el traspaso de los planes de viviendas nacionales, como el PROCREAR, a las provincias y municipios. El objetivo es que puedan avanzar con la finalización de esas obras, la mayoría paralizadas desde fines de 2023. En San Juan, dos proyectos quedaron sin terminar: La Ramada (el más avanzado) y La Nave, en pleno microcentro capitalino.

Con la resolución 1199, la gestión de Javier Milei dispuso nuevos mecanismos de compensación y recuperación de fondos, con el fin de “reordenar la obra pública“.

El ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger explicó la decisión: “Se establece el mecanismo por el cual se reconocerán los derechos de los recursos comprometidos hasta el momento por la Nación, pero permitiendo que las autoridades locales puedan tomar y terminar las obras”, destacó TN.

El barrio La Ramada es el más avanzado de Procrear en San Juan. Foto: Procrear.

En los considerandos de la resolución 1199, se remarcó como “necesario regular el temperamento a seguir en relación con el reclamo de los fondos del Tesoro nacional que deban ser restituidos por las provincias, los municipios y/o cualquier otro ente ejecutor, que hayan sido beneficiarios de un financiamiento en virtud de los referidos programas, ante la resolución del contrato respectivo, de forma tal que mantengan su intangibilidad y evitando la generación del perjuicio fiscal para el Estado nacional”.

¿Qué implica el traspaso?

La resolución 1199 enfatiza que si la provincia, la Ciudad de Buenos Aires, el municipio y/u otro Ente Ejecutor asume el financiamiento de la obra, deberá implementar el sistema de recupero de los fondos y cumplir con una serie de pautas. Estas son:

  • El recupero de las cuotas deberá efectuarse en forma mensual y consecutiva;
  • El cobro de las cuotas deberá comenzar con posterioridad a la entrega de la obra de que se trate al adjudicatario que corresponda;
  • El sistema deberá contemplar la capacidad de pago de las familias adjudicatarias;
  • El precio a cobrar a los adjudicatarios nunca podrá ser superior al costo actualizado de realizar la obra;
  • Los fondos recuperados deberán ser depositados por los gobiernos provinciales o el ente ejecutor en la cuenta. Estos serán reinvertidos en medidas que el Ministerio de Economía considere pertinente;
  • El monto de las cuotas mensuales no podrá superar el 30% de los ingresos mensuales constatados de los hogares adjudicatarios al momento de la entrega de la obra en función de su perfil económico y capacidad de pago;
  • La devolución de los fondos se efectuará de acuerdo al valor en pesos de la Unidad de Vivienda (UVI), tomando como referencia el valor de la UVI de la fecha del último desembolso que se haya realizado.

 

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