El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín, a cargo de la jueza Martina Forns, resolvió suspender por seis meses la aplicación del Decreto 461/2025, con el que el Gobierno nacional había ordenado el cierre de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).
La medida cautelar prohíbe al Ejecutivo ejecutar cualquier acto administrativo derivado del decreto, como traslados, despidos, suspensiones, reubicaciones de personal o la eliminación de estructuras organizativas relacionadas con Vialidad.
En el fallo, al que accedió TN, la magistrada recordó que Vialidad es una entidad autárquica con personalidad jurídica propia, creada por el Decreto Ley 505/1958, y que sus trabajadores están amparados por la Ley de Contrato de Trabajo y los convenios colectivos vigentes.
“El decreto vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad y los derechos laborales y sindicales de los trabajadores estatales”, señaló Forns.
La jueza remarcó que el Poder Ejecutivo no puede avanzar unilateralmente sobre derechos protegidos por estatutos y negociaciones colectivas sin un proceso legal adecuado.
La causa fue iniciada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA), que sostuvo que el Gobierno no tiene facultades delegadas para disponer la disolución del organismo, ni para modificar unilateralmente las condiciones laborales de su personal.
Qué decía el decreto del Gobierno
El Decreto 480/2025, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, establecía la disolución de tres organismos clave:
- Dirección Nacional de Vialidad (DNV)
- Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)
- Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial
El argumento oficial era “centralizar competencias, reducir estructuras estatales y redefinir responsabilidades” dentro del Ministerio de Economía.
Qué pasa ahora con Vialidad
Con esta resolución judicial, el Gobierno no podrá avanzar durante al menos seis meses en el cierre ni en ninguna reestructuración de la DNV que implique cesantías o modificaciones laborales. Además, deberá respetar el marco legal vigente hasta que se resuelva el fondo del asunto o se levante la cautelar.
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