El Ministerio de Educación destacó nuevamente que el pago de la Cooperadora Escolar no debe ser obligatoria para los padres sino voluntaria. Por eso, y a partir de los múltiples reclamos, emitió un comunicado en el que detalló las resoluciones que afectan a los establecimientos y la necesidad de su cumplimiento.

El Ministerio de Educación informa:

  • Que el pago de la Cooperadora Escolar debe ser voluntaria, no obligatoria.
  • Se encuentra vigente lo establecido por Ley 6416 y la Constitución de la Provincia Art. 80 y 81 la “Contribución es voluntaria”.
  • Por Resolución Nº 12312/16 se reglamenta y establece la organización de la Asociaciones de Padres con el procedimiento pertinente (el pago  de Cooperadora o Asociación de Padres es voluntaria).
  • Por Resolución N° 0279/17 se aprueba el “Modelo de Acta Constitutiva de Asociación  Cooperadora Escolar” y el “Modelo  de Estatuto de Asociación Cooperadora Escolar”
  • La contribución de padres o cuotas de Asociación de Padres, no es requisito de inscripción.  La misma es una decisión de aporte voluntario de los padres y/o familia o encargado del menor.