La Justicia de San Juan condenó a Dante Manuel Peralta por intentar robar en una vivienda del departamento Rivadavia. Aunque el delito no llegó a consumarse gracias a la intervención de un vecino, el acusado terminó recibiendo una pena única de cuatro años y diez meses de prisión efectiva debido a antecedentes condenatorios previos.
El hecho ocurrió el 7 de febrero de 2026, alrededor de las 19:03, en una vivienda ubicada en el Barrio Piuquén, en Rivadavia, propiedad de Silvina Ojeda.
De acuerdo con la investigación del Ministerio Público Fiscal, Peralta aprovechó que la propietaria no se encontraba en el domicilio para ingresar de manera ilegal tras dañar la cerradura de una de las puertas de acceso.
Una vez dentro de la vivienda, recorrió distintas habitaciones y revolvió varios ambientes en busca de elementos de valor.
“Es fallo es importante porque sostiene la aplicación del procedimiento de flagrancia cuando hay una secuencia continua, aún cuando haya pasado tiempo o alejado del lugar. Ambos factores deben ponderarse en cada caso concreto”, explicó el fiscal Francisco Micheltorena.
Preparó un televisor para llevárselo
Según quedó acreditado durante el proceso judicial, el acusado seleccionó un televisor perteneciente a la dueña de casa y lo envolvió con sábanas para facilitar su traslado.
Sin embargo, el robo fue advertido por un vecino de la damnificada, quien observó movimientos sospechosos dentro del inmueble y decidió intervenir.
El hombre alertó inmediatamente al sistema de emergencias 911 y brindó una descripción física y de la vestimenta del sospechoso, información que resultó clave para el operativo posterior.
Gracias a esos datos, efectivos policiales comenzaron un rastrillaje por la zona para intentar localizar al presunto autor.
La búsqueda terminó con una detención
Mientras se desarrollaba el operativo, otro ciudadano aportó nuevos datos a la Policía al informar que había visto correr por la zona a una persona cuyas características coincidían con las suministradas previamente.
Con esa información, los uniformados lograron ubicar y detener a Peralta en inmediaciones de las calles Martín de Alzaga y Comandante Cabot, cerca de las 20:20.
La aprehensión se produjo poco más de una hora después de ocurrido el hecho, situación que dio origen a una discusión jurídica sobre cuál debía ser el procedimiento aplicable.
El fallo que ratificó la competencia de Flagrancia
Durante el trámite inicial surgió un planteo respecto de si el caso debía continuar bajo el procedimiento especial de Flagrancia o mediante el sistema ordinario.
La cuestión llegó hasta instancias superiores y finalmente tanto el Fiscal General de la Corte como la Corte de Justicia de San Juan concluyeron que el caso encuadraba dentro de la figura de cuasi flagrancia prevista en el artículo 419 de la Ley 1851-O.
Los magistrados consideraron que existió una secuencia ininterrumpida entre la comisión del delito, la observación realizada por el vecino, el llamado al 911, la difusión de las características del sospechoso, la búsqueda policial y la posterior detención.
En ese análisis también fue valorada la colaboración de los ciudadanos que aportaron información clave para individualizar al acusado.
Casi cinco años de prisión
Como resultado del proceso, Dante Manuel Peralta fue condenado por el delito de robo simple en grado de tentativa, en calidad de autor.
Inicialmente recibió una pena de cuatro meses de prisión efectiva por este hecho. Sin embargo, debido a que registraba antecedentes condenatorios, la Justicia dispuso la unificación de penas.
De esta manera, la condena única quedó fijada en cuatro años y diez meses de prisión de cumplimiento efectivo.
Desde el Ministerio Público Fiscal destacaron que el caso constituye un ejemplo de la aplicación del procedimiento especial de Flagrancia en situaciones donde la detención no ocurre en el instante exacto del delito, pero sí dentro de una secuencia inmediata y continua de acontecimientos que permiten vincular objetivamente al sospechoso con el hecho investigado.
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