Un caso de violencia intrafamiliar ocurrido en el departamento Rivadavia derivó en una condena que podría sentar un importante precedente judicial en San Juan. A través del Sistema Especial de Flagrancia, la Justicia condenó a Carlos Matías Olivares Quintero a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de lesiones leves agravadas por el vínculo, pese a que la víctima decidió no formular denuncia.

La investigación fue impulsada de oficio por el fiscal Fernando Bonomo, quien explicó que tomó esa decisión al considerar que estaba comprometido el interés público y que existían pruebas contundentes para avanzar con la causa.

El hecho ocurrió el pasado 4 de junio en una vivienda de Marquesado, en Rivadavia. Según reconstruyó la investigación, una discusión de pareja terminó con una violenta agresión física.

“Se produjo un hecho muy grave. Una pareja se había peleado y la persona que después fue condenada había golpeado fuertemente a la víctima”, relató Bonomo.

Tras la agresión, familiares que se encontraban en el domicilio llamaron al 911. Cuando los efectivos llegaron al lugar, observaron una nueva agresión mientras entrevistaban a uno de los familiares de la mujer.

El caso de violencia intrafamiliar tuvo intervención de fiscalía. Foto: Maximiliano Huyema/ Diario La Provincia SJ.

“Para conocer la agresión fue determinante el testimonio de los efectivos policiales que fueron al lugar y que pudieron observar claramente un golpe de puño”, explicó el fiscal.

La intervención policial permitió la inmediata aprehensión del agresor y el inicio del procedimiento especial de Flagrancia.

La víctima no denunció, pero la Fiscalía avanzó igual

Uno de los aspectos más llamativos del caso fue que la víctima, a pesar de presentar lesiones visibles, decidió no realizar la denuncia. “La propia víctima, que claramente estaba lesionada, se negaba a efectuar la denuncia”, sostuvo Bonomo.

Ante esa situación, el representante del Ministerio Público resolvió impulsar la acción penal de oficio.

“Teniendo en cuenta que es un delito que normalmente requiere la denuncia de la víctima para iniciar la acción, tomé la decisión de iniciarlo de oficio. Nuestro Código Procesal nos otorga esa herramienta siempre y cuando esté en juego el interés público”, explicó.

El fiscal remarcó que la gravedad del hecho y las pruebas disponibles justificaban esa decisión.

El hombre recibió condena efectiva. Foto: Archivo.

“Entendía que estaba en juego el interés público porque era un hecho sumamente grave y además contábamos con elementos probatorios, específicamente familiares y efectivos policiales que pudieron presenciar esa circunstancia”, afirmó.

Un antecedente judicial en San Juan

La decisión no estuvo exenta de controversias. Durante la audiencia de presentación, la defensa del acusado se opuso al avance de la causa argumentando que existen antecedentes jurisprudenciales que sostienen que este tipo de delitos requieren el impulso de la víctima.

Sin embargo, la Justicia avaló la postura de la Fiscalía y permitió que el proceso continuara.

Finalmente, el pasado 18 de junio se realizó la audiencia de finalización y se alcanzó una condena mediante un acuerdo de juicio abreviado entre la Fiscalía y la defensa.

“Con la prueba abrumadora, específicamente con los informes médicos que establecían que la víctima contaba con diez días de incapacidad por un golpe muy fuerte en el rostro, se llevó a cabo un juicio que generó un precedente en la provincia”, destacó Bonomo.

El fiscal Fernando Bonomo intervino en el hecho.

Condena efectiva y declaración de reincidencia

Además de la pena de seis meses de prisión efectiva, la Justicia declaró la reincidencia de Olivares Quintero en los términos del artículo 50 del Código Penal y ordenó su prisión preventiva.

El fiscal explicó que el juicio abreviado también buscó evitar una nueva exposición de la víctima. “Tratamos de no revictimizarla en un proceso. Claramente no iba a comparecer y si comparecía iba a efectuar una declaración para beneficiar al imputado. Eso es lo que el Ministerio Público protege y trata de evitar”, señaló.

Para Bonomo, el caso demuestra la importancia de que el Estado intervenga cuando existen evidencias contundentes de violencia y la víctima se encuentra inmersa en un contexto que le impide denunciar.

La rápida actuación del Sistema Especial de Flagrancia, sumada a los testimonios policiales, los informes médicos y las pruebas reunidas durante la investigación, permitieron obtener una condena efectiva en un caso que podría convertirse en referencia para futuras intervenciones judiciales en situaciones similares de violencia intrafamiliar en San Juan.