El Ministerio de Gobierno, a través de la Secretaría de Relaciones Institucionales, comunicó los ítems requeridos en el Paso Internacional de Agua Negra para viajar por el mismo. Es una serie de documentos que revisten carácter personal, y documentación referida al vehículo con el cual se realiza el transporte y su conductor. A continuación se detallan los requisitos:

Documentación personal

Adultos:
Documento Nacional de Identidad o Pasaporte válido y vigente.

Menores de edad:

  • Si el menor viaja con ambos padres: Pasaporte o DNI (Países del Mercosur) válido y vigente, y documentación adicional para desmostrar la filiación como Partida o Certificado de Nacimiento o Libreta Civil de Familia (original), Testimonio Judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo que invocan o de la Tutela o Curatela o DNI de formato digital donde figuren los datos filiatorios de ambos padres. Más información aquí.
  • Si el menor viaja con uno de sus padres: Pasaporte o DNI (Países del Mercosur) válido y vigente, Permiso o Autorización de viaje al exterior del progenitor faltante, y documentación adicional para demostrar la filiación como Partida o Certificado de Nacimiento o Libreta Civil de Familia (original), Testimonio Judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo que invocan o de la Tutela o Curatela o DNI de formato digital donde figuren los datos filiatorios de ambos padres.
  • Si es hijo de menores adolescentes, necesitará la autorización de los padres y el permiso de alguno de sus abuelos por cada padre adolescente.
  • Si el menor viaja acompañado de su tutor o curador, deberá acreditarse con la Resolución Judicial respectiva; la designación y aceptación del cargo de Tutor o Curador.
  • El Permiso de viaje al exterior de menores es necesario solo en los casos que se detalla anteriormente, y en la Provincia de San Juan es posible tramitarlo a través de la Dirección Nacional de Migraciones (Santa Fé Oeste 548) o a través de Escribano Público con legalización del Colegio Notarial y apostilla.

Sobre el equipaje

Quienes salgan del país podrán ingresar objetos comprados en el exterior por un importe igual o inferior a USD 300 (300 dólares), importe mensual y no acumulable. En el caso de menores de 16 años, el importe corresponde al 50%.

Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, el importe o franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.

En el caso de que el valor del objeto a ingresar supere los 300 dólares, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido.

Fuente: Prensa Gobierno