El proyecto oficial de la ley de Transporte sigue generando repercusiones y, a la espera de ser tratado en Diputados en lo próximo, se respondieron dudas en comisiones. Además, se defendió el Registro y la modalidad de trabajo propuesta en un sistema que, destacaron “es ampliado y no libre”.
El secretario de Tránsito y Transporte, Marcelo Molina respondió a inquietudes de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y de Obras y Servicios Públicos en Diputados que, a su vez recibieron los planteos del sector, sobre todo de los remiseros y de autos de alquiler.
“Asistimos dos veces, tras ser convocados por Diputados, para responder a las inquietudes que generó el proyecto del Ejecutivo. Sobre los tiempos legislativos para el tratamiento del proyecto, no decidimos pero sí es nuestra intención asistir cada vez que se requiera para responder las inquietudes. El objetivo es poder tener una nueva ley de transporte y que haya un cambio en el sistema. Entendemos que haya reacciones de los sectores y que es legítimo que puedan plantear sus puntos de vista”, destacó Molina a Diario La Provincia SJ.
El funcionario destacó que la ley “tiene como eje al usuario. Y sobre los prestadores, se habilita un registro para los conductores que vayan a prestar el servicio en su auto o en el que alquile, como herramienta de trabajo. Mientras que las apps, grupos o empresas son las que brindan la contactabilidad tienen que cumplir otras obligaciones del Código, Civil y Comercial”
El nuevo sistema resalta que desaparece la obligatoriedad de estar adherido a una empresa de remis y “en eso, en San Juan hay una sola, actualmente. Con la nueva ley, quien vaya a prestar el servicio es libre de tomar la contactabilidad que quiera, ya sea una app o una empresa. Además, lo que se propone es que haya más empresas autorizadas por la ley y que se abra el juego”, agregó sobre una de las consultas más frecuentes.
Sobre el registro
El proyecto de ley habilita el Registro Provincial de Transporte (Re.Pro.Tran.) al que deberán inscribirse todos los conductores y también los vehículos que vayan a prestar el servicio.
El conductor debe ser agente fiscal (tributar en ARCA y Rentas de San Juan), tener carnet profesional y conducir un auto registrado en San Juan y con seguro para transporte de pasajeros, además de otros requisitos que contempla la ley.
“Quien preste el servicio tiene como requisito debe ser una persona fiscalmente registrada, es decir un agente fiscal. Debe presentar, entonces, su inscripción en ARCA como monotributista o Responsable Inscripto o si está en relación de dependencia”, señaló Molina.
Acerca de las aplicaciones para viajar, como Uber y DiDi que están operativas en San Juan, “brindan servicios de contactabilidad (pasajero- chofer) y son acuerdos entre privados. Por tanto queda fuera de la regulación de la ley. Lo que esta nueva normativa va a controlar es que el conductor cumpla con todos los requisitos que lo habiliten y esté registrado”, expresó acerca de uno de los cuestionamientos al proyecto.
Qué pasa con los trabajadores del transporte
Para Molina, la nueva ley significa una oportunidad laboral para sanjuaninos que quieran hacer del transporte de pasajeros su actividad principal o eventual. En ello, la posibilidad de registrarse y de demostrar su dedicación, los hará potenciales receptores de beneficios fiscales, por ejemplo.
“Se termina con el costo oculto del alquiler de licencias para trabajar y cada conductor decidirá si alquilará un auto o si trabajará con una app o no. Actualmente hay un cupo de licencias que el Estado entregó y concentradas en manos de unos pocos que las alquilan. Ellos son los que manejan la oferta y eso afecta la calidad del sistema. Por ende, tenemos conductores que pagan alquiler de licencias para trabajar y de autos. Con la ley, habrá un registro que incorporará más choferes y el sanjuanino que viaja tendrá mayor oferta para elegir. El beneficio directo es mejorar la competencia, los precios y la calidad del servicio”, detalló.
Resaltó que ese modelo se denomina “de oferta ampliada” y no es libre (sin requisitos), ya que será el Registro el que impondrá las condiciones. ”
Insistimos en que es una ley que protege al usuario y le da más oferta competitiva. Mientras que el trabajador deberá cumplir requisitos para brindar el servicio, ser parte del Registro y no estará obligado a cumplir con costos ocultos para poder salir a trabajar”, dijo.
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